a- Nunca es moralmente lícita la acción que por su naturaleza provoca directa o intencionalmente la muerte del paciente.
b- Por consiguiente, jamás es lícito matar a un paciente, ni siquiera para no verlo sufrir o no hacerlo sufrir, aunque él lo pidiera expresamente.
c- No es licito negar a un paciente la prestación de cuidados vitales con los cuales seguramente moriría, aunque sufra de un mal incurable.
d- No es licito renunciar a cuidados o tratamientos proporcionados y disponibles, cuando se saben que resultan eficaces, aunque sea solo parcialmente. En concreto, no se ha de omitir el tratamiento a enfermos en coma si existe alguna posibilidad de recuperación.
e- No hay obligación de someter al paciente terminal a nuevas intervenciones quirúrgicas, cuando no se tiene la fundada esperanza de hacerle más llevadera su vida.
f- El licito suministrar narcóticos y analgésicos que alivien el dolor, aunque atenúen la consciencia y provoquen de modo secundario un acortamiento de la vida del paciente, con tal que la acción sea calmar el dolor y no acelerar disimuladamente su muerte.
g- Es licito dejar de aplicar procedimientos extraordinarios a un paciente en coma cuando haya perdido toda actividad cerebral. Pero no lo es cuando el cerebro del paciente conserva ciertas funciones vitales, si esa omisión le provoca muerte inmediata.
h- Las personas minusválidas o con malformaciones tienen los mismos derechos que las demás personas, en lo que se refiere a la recepción de tratamientos terapéuticos. En la fase prenatal y en la postnatal se han de proporcionar las mismas curas que a los fetos y niños sanos.
i- El Estado no puede atribuirse el derecho de legalizar la eutanasia, pues la vida del inocente es un bien que prevalece sobre el poder mismo.
j- La eutanasia es un crimen contra la vida humana y la ley divina, de las que se hacen responsables todos los que intervienen en la decisión y ejecución del acto homicida.
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