viernes, 25 de noviembre de 2011

Iglesia Católica

La eutanasia es una violación de la ley de dios, siendo ilícito matar a alguien para no verle o hacerle sufrir aunque este así lo desee, por lo que ni los familiares ni los facultativos pueden provocar la muerte del paciente enfermo.


Ante esta afirmación se pude extraer la conclusión de que toda vida merece ser merecida, no pudiendo decir que una vida es más o menos plena dependiendo del estado de la salud o si es útil o no.
Respecto a la eutanasia activa, la postura de la iglesia católica es que dar muerte a una persona no es aceptable y constituye un homicidio contrario a la moral  y a al dignidad humana, basándose en el hecho de la creencia de que Dios es un ser superior y que nuestra vida es de su pertenencia y solo él tiene la facultada de quitarla. 
Por otra parte, si acepta la pasiva, argumentando que unos cuidados costosos, tanto económicos como sociales, no son compatibles con la prolongación de la vida, llevándose a cabo por rechazar el “encarecimiento de la terapia”, aceptándose en no poder impedir la muerte.
Dichas reflexiones, han de llevarlas a cabo el paciente siempre que se encuentre con facultades para ello, y en caso contrario aquellos que tengan sus derechos legales, en todo caso utilizándolos con el uso de la razón.


domingo, 20 de noviembre de 2011

Opinión de distintas religiones de la eutanasia

Buenas:
Tras analizar la eutanasia en distintos paises, me gustaria analizar la eutanasia desde un punto de vista religioso.
Saludos. 

España

El debate sobre la eutanasia en España está en su máximo apogeo, llegando a alcanzar unos niveles de difusión social y en prensa, inimaginables anteriormente.
A pesar que el citado debate ha estado presente de una forma u otra en foros científicos y/o sanitarios, nunca había alcanzado unas cotas de interés tan elevadas como en estos días. En opinión de algunos sectores este repentino interés se debe a  la transición de éticas que se están sucediendo, pasando de una ética tradicional a una ética secular donde la vida no tiene ese valor de concepto eterno y la moralidad de los actos humanos es juzgada por los actos visibles. Para otros en cambio, los avances en la medicina, ha quebrado el principio de la protección absoluta a la vida humana, añadiendo la importancia de la opinión del enfermo en cuanto a la autorización de las intervenciones médicas.


En estos días es prácticamente imposible obviar la licitud de la eutanasia, por el hecho de ser la medicina capaz de prolongar de forma artificial la vida el paciente, situando al médico, a la familia y al propio individuo enfermo en el dilema de si ha de procederse a la prolongación de la vida de éste o no. 
Al aludir al concepto de eutanasia, lo hacemos como si fuese una resolución de un conflicto individual, carente de relación con intereses colectivos en la que la voluntad del paciente terminal, está ligada el derecho a la muerte digna además del derecho a la vida.
Ante esto, la cuestión se traslada a hecho de valorar los motivos para llevar a cabo una eutanasia a un paciente terminal, porque así lo quiere el sujeto afectado o si es preciso valorar el interés a vivir del individuo, presentándose una conexión directa en cuanto al reconocimiento de poder valorar y decidir sobre la muerte de uno mismo. 
Partiendo del anterior planteamiento, en cuanto al ámbito constitucional, se puede entender que en el caso extremo, tal y como se regula en el artículo 149 de Código Penal, ha de ser contemplado que el derecho a la persona de disponer libremente de su vida y de una muerte digna aplicándose una eutanasia pasiva, entendida como una no continuación de la vida cuando el final de la vida del paciente es irreversible.



lunes, 14 de noviembre de 2011

Japón

Como ocurre en otros países en Japón la eutanasia se clasifica en tres tipos: La eutanasia negativa o pasiva, la eutanasia indirecta y la eutanasia activa. Estos últimos aparecieron a mediados  del siglo pasado, cuando los parientes más cercanos al enfermo terminal le causaban la muerte, dándose un nuevo tipo de eutanasia activa a principio de los noventa (1991) cuando un médico, procedió con una inyección letal a poner fin a la vida de un paciente a petición de la familia, estando este caso aún pendiente de juicio.
Cabe destacar que a pesar de la existencia de una resolución judicial que establece la práctica de la eutanasia activa, y está aceptada por la doctrina, no hay caso en los que se haya declarado la impunidad a estos actos y apenas hay movimientos a favor de la legalización de ésta.
En cuanto a la eutanasia pasiva o negativa, apareció en los 80 con el sobrenombre de “muerte con dignidad”, cobrando cierta relevancia en los médicos dedicados a pacientes terminales, y en la opinión pública, por lo que se ha impulsado la legalización de esta. Hasta el día de hoy no se ha juzgado ningún caso de esta naturaleza.
Finalmente la eutanasia indirecta, no está cuestionada e incluso es considerada un tratamiento médico.

Suiza

Al contrario que sucede en otros países, como en Holanda, donde sólo el facultativo médico tiene la potestad para ayudar a poner fin a la vida del enfermo en agonía, en Suiza se permite asistir al suicido de éstos enfermos a personas ajenas de la medicina, con la condición de que se haga por motivos altruistas. A día de hoy la eutanasia es una práctica no permitida, no asimilable a que los médicos en exclusiva puedan llevarla a cabo.
La causa fundamental para que la eutanasia aún este prohibida es que dicha práctica vulneraria la integridad de la profesión, destacando que en opinión de algunos médicos existe una diferencia moral destacable entre la asistencia al suicidio de una persona y el de provocarle la muerte. Otro sector médico considera que las dos formas pueden ser consideradas  formas de ayuda a morir, formando parte del cuidado que precisan aquellos enfermos terminales con un sufrimiento atroz. Cabe destacar que la incompatibilidad entre el denominado “ethos” médico y la eutanasia no constituye un argumento definitivo para poder afirmar con rotundidad que nadie debería llevarla a cabo.
Otro motivo por el que se aboga por la no restricción de dichas prácticas a los médicos es por el eventual peligro de crear un marco legal en el que un sector de la población estaría menos perseguido que el otro solo por el mero hecho de formar parte del gremio médico.