domingo, 2 de octubre de 2011

Definción de la eutanasia

La Eutanasia, como  indica el diccionario de la RAE, “es la acción u omisión que, para evitar sufrimientos a los pacientes enfermos o terminales, acelera su muerte con su consentimiento o sin él. Muerte sin sufrimiento físico.”
Dicha palabra proviene del griego: ευ eu (‘bueno’) y θάνατος thanatos (‘muerte’)
Podemos deducir de dicha definición que el fin de la eutanasia es el de evitar sufrimientos insoportables al paciente o la prolongación artificial de la vida del mismo
 Dos aspectos básicos hacen falta para que la  eutanasia pueda ser considerada como tal:
El primero de ellos es que el  enfermo ha de padecer, a la fuerza, una enfermedad de carácter terminal o incurable, y en segundo lugar, se precisa la autorización por parte del enfermo para que  el personal sanitario proceda con la eutanasia.

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